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Uso de nuestros indicativos

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EA2J
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#343277  - 18 febrero, 2020 23:19 

Enio la perra gorda para ti....

Juankar, no quiero ninguna perra gorda, no se trata de dar o quitar la razón, ni tu ni yo podemos hacerlo (ni dar ni quitar) porque no aportamos evidencias, se trata de exponer libremente un opinión y respetar las de los demás. Las opiniones, solo son opiniones y se fundamentan con argumentos no con reproches ni menosprecios.

Por otra parte, creo que la comparación que has hecho no está proporcionada. La velocidad máxima permitida de un vehículo está expresada con precisión en el Reglamento de Tráfico lo mismo que las sanciones por circular a mayor velocidad de la permitida. Un radioaficionado que sale en un concurso en una muti sin solicitar un indicativo especial no significa que se va a saltar los límites de velocidad o transmitir fuera de las frecuencias autorizadas ni tampoco a atracar un estanco. Permitir el uso de un distintivo de llamada a una persona que dispone de la acreditación para operar una estación de radioaficionado no se contempla en el régimen sancionador de la Ley General de Comunicaciones Título VIII "Inspección y Régimen Sancionador". Para que un expediente sancionador prosperara, el instructor tendría que definir qué es transferir el permiso y demostrar que se ha hecho y esto no ha pasado todavía, que yo sepa. En Tráfico hay también una larga historia legal de recursos y sentencias, por cierto que hasta que el legislador no afinó los textos del RGT las multas desaparecían con un recurso. 

Está claro que no tenemos la misma opinión y, por supuesto, los 22 operadores españoles que han operado en 2018 las tres multis del CQ tampoco.

La cultura del esfuerzo se cultiva desde la motivación, no mediante el castigo como algunos quisieran.
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73, Enio

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EA2AJO
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#343279  - 18 febrero, 2020 23:25 

@ea2j

Enio, no se trata de opiniones solo se trata de leer el reglamento y acatarlo que para eso está, es algo que está ahí no es una opinión es un reglamento, que no lo queréis leer es cosa vuestra, que lo habéis leído y miráis para otro lado, pues allá vosotros, por esa misma también tendrían derecho a usar nuestras bandas los piratillas... Total no han leído el reglamento, o no les parece bien lo que dice, y como es una costumbre, pues tira para adelante.

 

73.

 

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#343280  - 18 febrero, 2020 23:30 

Juankar Si, también podíamos hacer una desobediencia civil pacífica a no pagar impuestos, total a nadie nos gusta pagarlos.... o ha hacer lo que nos salga de las narices....

Pagar impuestos es un deber moral de todo ciudadano, nos puede no gustar, pero pagarlos es justo. No pagar impuestos es un delito relacionado con el código penal. Hacer legal la misma acción por tener un papel que nunca se niega, es otra cosa muy diferente relacionado con la burocracia.

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73, Enio

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EA2AJO
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#343284  - 19 febrero, 2020 00:00 

@ea2j

Enio el respetar las leyes y reglamentos es también un deber moral de todos los ciudadanos... Y un respeto a los que para todos los que si las cumplen.....

Si no hay problema de que nos den el papel.... ¿Tanto cuesta pedirlo y hacer las cosas bien??? 

 

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EC1DJ
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#343287  - 19 febrero, 2020 03:30 

Hace dos años preguntamos a Teleco ante una duda...

Pensábamos participar en el YOTA December Month colaborando a promocionar y divulgar nuestra Afición entre los jóvenes (no era para ganar un concurso o un trofeo, como en el caso que nos ocupa), haciendo uso del Punto 6 del Artículo 30, para que los equipos de nuestro club fuesen operados por personas sin licencia, en este caso jóvenes.

Éramos conscientes de que una condición a cumplir reflejada en ese punto del Artículo 30 dice:

"...hasta tres letras de libre elección".

La pregunta iba en el sentido de que el acrónimo YOTA (Youngsters On The Air), son cuatro letras y no tres..., por lo que sugerimos a las autoridades poder salir al aire como EA1RCI/YOTA.

La respuesta fue tan nítida como tajante;

"Debéis ceñiros al Reglamento"

Podríamos haber salido directamente con las cuatro letras y retorcer la norma a nuestro antojo... también pudimos haber usado el indicativo individual  de alguno de nosotros (así su titular ganaría relevancia de forma egoísta), sin embargo optamos por ceñirnos al Reglamento, tal y como nos dijeron y salimos al aire como EA1RCI/YOA, aunque el resto de estaciones internacionales tenían como sufijo YOTA, lo que nos hizo tener que explicar a alguno de nuestros corresponsales que el indicativo correcto era con sufijo YOA, algo que tampoco importó mucho, es más, sirvió a los chavales para ganar "tablas" y aprender a lidiar con malentendidos y errores que suceden a menudo en los comunicados bilaterales debidos al QRM, al mal empleo del código fonético, a lapsus al publicar en los clúster, etc...

FOTOs6

 

A estas alturas, los más de 1000 visitantes que tiene el hilo, ya se habrán hecho una idea de qué se ha dicho y de quién lo ha dicho, además de cómo lo ha dicho... (yo mientras escribo esto estoy atento a esta tarea pues os merecéis mi atención y mi respeto... cuando acabe puede que mire a ver qué hay en las bandas, o puede que no, pero ahora me estoy dirigiendo a vosotros). 

Solo una reflexión final, si me permitís;

Antes de la publicación del Reglamento actual (2013), se solicitó a la comunidad de Aficionados el aporte de sugerencias (creo recordar que solo recibieron una treintena de cerca de 30.000 licencias y 9.000 socios de URE), es un texto por tanto, en el que si no participamos fue porque no quisimos.

Ahora el que tenemos es el de 2013 mientras no se actualice (ya veremos si aumentan y en qué número las sugerencias que les hagamos llegar, si es que la próxima vez nos preguntan... que viendo el interés hace siete años... no sé yo...).

Nos guste más o menos, utilizar indicativos individuales por personas distintas de su titular es algo que sencillamente, no está contemplado en el texto legal (y por lo tanto no puede ser amparado por bases ni normas de ningún concurso, diploma o trofeo a nivel nacional), texto que estipula los tipos de licencia que existen y cuales son sus definiciones y su asignación de forma meridiana cuando dice de estas que son de dos tipos (Individuales y colectivas), y en cuanto a las primeras que son "personales e intransferibles".

Si en un caso en el que el objetivo final no es en beneficio propio, si no que es una labor llevada a cabo por el futuro de toda la comunidad, no se permite ningunear el Reglamento ni salirse una letra de él, mucha menos justificación tiene cuando lo que se persigue es un premio y un reconocimiento en un concurso.

En lo tocante a la divulgación entre los jóvenes, pienso que mala enseñanza es aquella que no da importancia a lo que de verdad importa y da prestigio a una disciplina como la nuestra.

73.

«Todo está perdido cuando los malos sirven de ejemplo y los buenos de mofa»
-Demócrito (460 AC)-
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EA2AJO
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#343289  - 19 febrero, 2020 10:37 

@ec1dj

Muy bien hecho Miguel Angel eso es hacer las cosas como tienen que ser. 

 

Es que si nosotros mismos no respetamos nuestras mismas normas ¿Qien las va a respetar entonces.... los piratillas que se nos cuelan a veces en las bandas? Creo que esos tampoco... 

73. 

 

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#343291  - 19 febrero, 2020 11:22 

EC1DJ dijo: "...para que los equipos de nuestro club fuesen operados por personas sin licencia..."

En este debate, EC1DJ utiliza un argumento que no se ajusta a lo que se cuestiona es decir: "Se sale por la tangente". No estamos tratando si es legal permitir el uso de un equipo de radio y el indicativo de un titular por **personas que no tienen derecho para utilizar estaciones radio** (no han sido autorizados o como se prefiera expresar). Estamos hablando de si es legal que una estación de radioaficionado que participa en un concurso internacional como multioperador pueda salir con el distintivo de llamada de uno de ellos cuando **todos los operadores tienen su correspondiente licencia**.

Cuando realizamos uno de los primeros contactos directos en España con la ISS (en el que tuve la suerte de participar) desde un colegio de segunda enseñanza Donostia hace ya un par de años. La administración autorizó un indicativo especial y ese contacto junto con otros más, las estaciones fueron operadas por personas sin autorización.

Ciñéndonos al reglamento, esto no es posible legalmente, sin embargo lo autorizaron, por lo menos de facto. Lo que nos denegaron fue el utilizar un sufijo de cuatro letras con las siglas del colegio aunque pudimos escoger otro distintivo de llamada. Extraoficialmente nos enteramos que el motivo podía ser que en aquel momento el campo para registrar el sufijo en la BdD no tenía espacio suficiente. (Buena razón ética, técnica o legal)

Estoy convencido de que utilizar el indicativo de uno de los participantes en una operación multi no es objeto de sanción y que hacerlo es ético puesto que no implica la vulneración de ninguna de las normas básicas de la radio ni otorga ninguna ventaja.

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#343293  - 19 febrero, 2020 11:39 

@ea2j

Enio "LA PERRA GORDA PARA TI“

Lee el reglamento y entérate de una vez, parece que no te quieres enterar que prefieres mirar para otro lado, que me parece bien que te gustaría que las normas serían de otro modo, pero no lo son. 

 

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EC1DJ
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#343298  - 19 febrero, 2020 13:50 

Bueno, como ya no se pueden dar más argumentos, aquí finalizo.

Gracias a todos por vuestras aportaciones al hilo.

Habría que preguntarse qué sentido tiene molestarse en solicitar indicativos colectivos y enfrentarse a la burocracia y al gasto que conlleva, si resulta que varias personas pueden salir al aire con un distintivo individual en gruos de amigos en concursos, o con el del marido/esposa en diplomas, o el niño que ha dejado un momento el móvil con el del padre.

De todos modos estamos acostumbrados al "todo vale", a competiciones en las que se permiten los puentes para hacer un contacto que no existe, el "apúntame a manolito que está trabajando y no puede", el "y para el Radio Club" aunque estoy en el sillón de mi casa, y lo peor de todo, hay quién defiende que eso está bien, quién lo tolera, quién lo fomenta y hasta quién mira para otro lado con el argumento manido del "vive y deja vivir" sin darse cuenta de que esas actitudes van en contra de la propia esencia de la Radio de Aficionados y la propia supervivencia de la misma...

¡Qué juego tan excitante "El Solitario", que te permite ganar siempre!

En el caso que nos ocupa (el uso de nuestros indicativos), yo me preguntaría para qué sirve una Asociación si esas mismas personas pueden hacer lo mismo que una estación colectiva usando el distintivo personal de uno de ellos.

Ciñéndonos al Reglamento, que es nuestra Carta Magna, las estaciones colectivas (Radio Clubes o distintivos temporales para concursos), son las únicas que pueden ser utilizadas por varias personas físicas diferentes.

Esto de las "personas físicas"(*), tiene su razón de ser, ya que nuestra autorización personal e intransferible está unida a nuestro DNI. Incluso en las estadísticas de la SETSI, se refieren a las "estaciones individuales" con ese término (ver https://avancedigital.gob.es/espectro/radioaficionados/Paginas/informacion-estadistica.aspx )

Debemos reivindicar la importancia de los Radio Clubes y asociaciones, y demandar de ellos la participación activa en todo lo que rodea a la Radioafición no solo en concursos, pero desde luego antes de juntar a cuatro amigos para salir al aire con el indicativo de uno de ellos que puede ser muy chulo, pero no es una autorización colectiva...

Fijaos; en esas estadísticas aparecen 285 Radio Clubes en toda España, ¿cuantos de ellos conocemos?... 10... 20... 30...

73.

 

(*) Persona física, individuo humano que posee obligaciones y derechos otorgados por la Ley o la Constitución.

Fuente: Código Civil a partir del artículo 29.

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#343313  - 19 febrero, 2020 20:39 

@ea2ajo

Juankar, ¡que no quiero que me des la razón! que respeto tu opinión, pero que no es más que una opinión sin evidencia, como la mía. Que no se trata de convencer a nadie. Tu opinas que es ilegal lo que han hecho estos 23 compañeros en el concurso CQWW de CW del 2018 y probablemente muchos más compañeros en otros modos y en otros concursos y la mía es que no es ilegal y el apoyo documental que he citado es que en término "transferencia" que aparece en el literal del texto legal  **puede** no ser aplicable al hecho y eso no será evidente hasta que la administración lleve a término un expediente por este supuesto y culmine con una sanción o un sobreseimiento.

Quédate con tu opinión que yo me quedo con la mia y observa que yo también puedo utilizar argumentos como los tuyos y sin necesidad de gritar, Juankar: para ti la perra gorda, parece que no te quieres enterar.

Te aseguro que he leído el Reglamento con sentido crítico y lo que he entendido es lo que expresado, si no te gusta lo siento, pero no has dado ninguna razón para cambiar de opinión.

EC1DJ dijo: A estas alturas, los más de 1000 visitantes que tiene el hilo, ya se habrán hecho una idea de qué se ha dicho y de quién lo ha dicho, además de cómo lo ha dicho... (yo mientras escribo esto estoy atento a esta tarea pues os merecéis mi atención y mi respeto... cuando acabe puede que mire a ver qué hay en las bandas, o puede que no, pero ahora me estoy dirigiendo a vosotros). 

Cuento con eso, desde luego.

EA1DJ no mejora su argumentación, como algunos políticos, utiliza el argumento de su enemigo para intentar echarle encima toda la mierda que puede, claro: se comienza opinando que es ético y hasta no ilegal utilizar el indicativo de uno de los participante en un concurso multi para acusar del "todo vale", de hacer puentes para un contacto que no existe etc porque uno no es más malo porque no se entrena.

EA1CJ dijo: De todos modos estamos acostumbrados al "todo vale", a competiciones en las que se permiten los puentes para hacer un contacto que no existe, el "apúntame a manolito que está trabajando y no puede", el "y para el Radio Club" aunque estoy en el sillón de mi casa, y lo peor de todo, hay quién defiende que eso está bien, quién lo tolera, quién lo fomenta y hasta quién mira para otro lado con el argumento manido del "vive y deja vivir" sin darse cuenta de que esas actitudes van en contra de la propia esencia de la Radio de Aficionados y la propia supervivencia de la misma...

¡Qué juego tan excitante "El Solitario", que te permite ganar siempre!

Además demuestra que no tiene ni idea de lo que habla, probablemente porque no es muy asiduo en los concursos internacionales de alta competición.

Habría que preguntarse qué sentido tiene molestarse en solicitar indicativos colectivos y enfrentarse a la burocracia y al gasto que conlleva, si resulta que varias personas pueden salir al aire con un distintivo individual en gruos de amigos en concursos, o con el del marido/esposa en diplomas, o el niño que ha dejado un momento el móvil con el del padre.

Señor mío, cuando alguien solicita un indicativo especial para participar en un concurso de forma individual o multi es, principalmente porque eso le distingue y le da ventaja, bien porque le otorga un prefijo especial o porque la fonética le favorece. Lo que como radioaficionado debemos reivindicar es la libertad de pedir o no ese indicativo especial como cualquier otra cuestión que nos libere de burocracia inútil. En el concurso de CW 2018 quedó el primero del mundo de categoría MULTI una estación española con indicativo especial, de Canarias y en el puesto 24 otra española de la península que salió con el indicativo de uno de los operadores. Para mi un orgullo y olé por los que optaron por salir con el indicativo propio, seguro que a ninguno de los 8.000 participantes nos importó un pimiento.

Y no Migel Angel, ni he hablado ni estamos hablando para nada de ceder el indicativo a nadie, familiar o no que no tenga, una licencia, si opinas que eso me parece bien estás muy equivocado. No tergiverses lo que decimos los demás, deja eso para los políticos de corto recorrido.

 

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EA5NI
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#343323  - 19 febrero, 2020 23:50 

Miguel Ángel, conozco gente que se empeña en meter la cabeza por el ojo de una aguja....y la mete

Este desierto es muy extenso.

Es como lo del ICAO...no es obligatorio, pero mola mas el que ni siquiera está escrito, ej. Guatemala, Nicaragua, etc...

Pués eso, que paso de predicar por el foro. Si puedo hacerlo con algún aspirante, lo haré. Por aquí pierdo el tiempo y eso no me gusta nada.

God save our souls

 

PEDRO - EA5NI.

LOS IGNORANTES ME PERSIGUEN, PERO, YO SOY MAS RÁPIDO 😋

¡¡¡ MURCIA...DONDE VIVE EL SOL !!!

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#343332  - 20 febrero, 2020 09:55 

Pues yo conozco a gente que escribe en este foro que ha nacido con 500 años de retraso y que le gustaría seguir la regla de santo Domingo, pero no se ha dado cuenta de que en este siglo existe algo que se llama la libertad de pensamiento y libertad de expresión.

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EA5NI
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#343351  - 20 febrero, 2020 14:17 

Te has sentido aludido Enio???????

Yo también defiendo la libertad, tanto o MAS que tú, pero eso no es óbice para respetar las normas...que para eso están.

 Todo sin acritud Enio, ya te dije lo que te dije por teléfono, saludos. 😉 

 

PEDRO - EA5NI.

LOS IGNORANTES ME PERSIGUEN, PERO, YO SOY MAS RÁPIDO 😋

¡¡¡ MURCIA...DONDE VIVE EL SOL !!!

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EA1NY
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#343362  - 20 febrero, 2020 17:35 

Estimados colegas:

  Han entrado Ustedes, en arenas movidizas o digamos, en terrenos resbaladizos, en temas  "Jurídicos", donde, ni todo es blanco, ni, todo es negro.

Veamos:

1.- Según   nuestro ordenamiento jurídico actual......"La autorización de radioaficionado tendrá carácter personal y no transferible".

  Significado de "transferible"... ¡¡¡¡¡¡¡SEÑORES!!!!!!!.... : 

   -Rae: 

         -Trasferible.

                       1. adj. Que puede ser transferido o traspasado.

       

               - Transferir.

                      1. tr. Pasar o llevar algo desde un lugar a otro.

                      2. tr. diferir (‖ aplazar).

                      3. tr. Ceder a otra persona el derecho, dominio o atribución que se tiene sobre algo.

                      4. tr. Remitir fondos bancarios de una cuenta a otra.

                      5. tr. Extender o trasladar el significado de una voz a un sentido figurado.

                      6. tr. Esgr. Abrir el ángulo en la espada sujeta o inferior, y volver a cerrar, quedando superior.

                      7. tr. Esgr. Hacer con la espada un movimiento distinto del de transferir pero con el mismo efecto

                -Traspasar

                      1. tr. Pasar o llevar algo de un sitio a otro.

                      2. tr. Pasar adelante, hacia otra parte o a otro lado.

                      3. tr. Pasar a la otra parte o a la otra cara. Traspasarelarroyo. Traspasarlapared.

                      4. tr. Pasar, atravesar de parte a parte con un arma u otro instrumento. U. t. c. prnl.

                      5. tr. Ceder a favor de otra persona el derecho o dominio de algo.

                      6. tr. Transgredir o quebrantar un precepto.

                      7. tr. Exceder de lo debido algo, contravenir a lo que es razonable.

                      8. tr. Dicho de un dolor físico o moral: Hacerse sentir con extraordinaria violencia.

                      9. tr. p. us. Volver a pasar por el mismo sitio.

Como se aprecia en el apratado 3º y 5º respectivamente...lo que pretende el Legislador, es, que tu, no puedas, CEDER DERECHO, DOMINIO, ATRIBUCÓN (Nota: ver atribución)  de tu AUTORIZACÓN. (Basicamente, que sy yo soy EA1NY, no pueda, regalar, vender, dar, donar... tipo, casa, vehículo,..etc...).... Pero.... ¿dejar usar?... ¿donde lo prohibe?...  ejemplo:  tu vienes a mi casa, y aslimos com mi indicativo, ....yo te dejo usar mi indicativo, Yo mantengo el drecho y dominio sobre mi autorización, es mas, si veo algo que tu haces no acorde con la legalidad ( ejemplo... te pones a insultar, hablar de policitica, etc... yo te digo fuera..., yo mantengo el derecho y dominio).

En relación a EA2AJO, relativo a lo que Usted mencionó en referencia a la costumbre. Lamento comunicarle, que:

     

Fuentes del ordenamiento jurídico español

Las Fuentes del ordenamiento jurídico español vienen definidas en el Artículo 1 del Código Civil:

  1. Las fuentes del ordenamiento jurídico español son la Ley, la costumbre y los principios generales del derecho.
  2. Carecerán de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior.
  3. La costumbre sólo regirá en defecto de Ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden público y que resulte probada.
  4. Los usos jurídicos que no sean meramente interpretativos de una declaración de voluntad tendrán la consideración de costumbre.
  5. Los principios generales del derecho se aplicarán en defecto de Ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico.
  6. Las normas jurídicas contenidas en los tratados internacionales no serán de aplicación directa en España en tanto no hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno mediante su publicación íntegra en el Boletín Oficial del Estado.
  7. La jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la Ley, la costumbre y los principios generales del derecho.
  8. Los Jueces y Tribunales, que están sometidos únicamente a la Constitución y al imperio de la ley, tienen el deber inexcusable de resolver en todo caso los asuntos de que conozcan, ateniéndose al sistema de fuentes establecido.”

Un saludo.

EA1NY-- VICTOR(VICK)
LEON, CARTAGENA, ASTURIAS.

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EA4SE reaccionó
EA2J
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Mensajes: 3764
#343363  - 20 febrero, 2020 17:37 

EA5NI dijo: Te has sentido aludido Enio?

No insultes a la inteligencia.

Ser firme en sus ideas no es intentar pasar la cabeza por el ojo de una aguja yo sé rectificar si estoy equivocado tanto o más que tú pero antes tienen que demostrarme que lo estoy y ninguno de los que habéis participado lo habéis conseguido. No entiendo cómo podéis estar frustrados por no conseguirlo, tampoco he conseguido convenceros y por eso tan amigos. Yo también respeto las normas tanto o más que tú y soy tan partidario como tu de respetarlas. De hecho soy partidario de hacer docencia con el ejemplo y cada vez que salgo al aire pongo toda mi atención en hacerlo lo mejor posible, dentro de las normas obligatorias y hasta las no obligatorias pero recomendadas en especial cuando trabajo con estaciones DX o compito en un concurso.

En este foro se mezcla con frecuencia lo prohibido, lo permitido y lo recomendado y se confunden también las normas. Algunos, una minoría, confunden sus deseos o su forma de hacer radio con las normas y se otorgan los conocimientos y el respaldo moral para impartir a los demás etiquetas de buenos y malos operadores. Y lo peor es que cuando no encuentran argumentos se los inventan. 

Para que cada uno de los autorizados con derecho a utilizar una radio en las frecuencias de radioaficionados tengamos claro qué es lo que podemos y no podemos hacer, es sano realizar debates sobre las normas sin crispación y sin que le intenten a uno echar mierda encima por no estar de acuerdo con sus ideas. En un debate no se trata de vencer ni convencer, se exponen, se oponen y se comparten ideas, hechos y opiniones entre compañeros con el objetivo de enriquecer los conocimientos, propios y de los demás. Es lamentable que alguien no pueda exponer lo que opina porque no quiere verse expuesto a la ira de quienes opinan diferente y no lo toleran. Desafortunadamente hay muchos compañeros que no lo hacen por esta razón.

En primer lugar, la claridad legal es un principio y una obligación del legislador, en segundo lugar, transferir una licencia (prohibición literal de la norma) no define con claridad el hecho de utilizar el indicativo de uno de los participantes en un concurso como estación múltiple en el que todos los operadores disponen de su correspondiente licencia. Si este hecho no constituye una transferencia, la prohibición no afecta al hecho. ¿Cual es el objetivo de esa prohibición?, es evidente que impedir que alguien que no disponga de una licencia opere una estación de radio. En este caso, nadie opera una radio sin licencia.

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73, Enio

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EA2J
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#343364  - 20 febrero, 2020 17:38 

Victor, cuidado... eso es lo que he dicho... El post de Victor se ha publicado mietras escribía el mío.

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EA1NY
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#343365  - 20 febrero, 2020 17:45 
Publicado por: @ea2j

Victor, cuidado... eso es lo que he dicho... El post de Victor se ha publicado mietras escribía el mío.

¡Ok!..

 

EA1NY-- VICTOR(VICK)
LEON, CARTAGENA, ASTURIAS.

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EA4SE
Mensajes: 2251
#343366  - 20 febrero, 2020 18:34 

@ea1ny

mas claro el agua 

 

no name 🤣

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EA2AJO
Mensajes: 1872
#343370  - 20 febrero, 2020 19:31 
Publicado por: @ea5ni

Miguel Ángel, conozco gente que se empeña en meter la cabeza por el ojo de una aguja....y la mete

Este desierto es muy extenso.

Es como lo del ICAO...no es obligatorio, pero mola mas el que ni siquiera está escrito, ej. Guatemala, Nicaragua, etc...

Pués eso, que paso de predicar por el foro. Si puedo hacerlo con algún aspirante, lo haré. Por aquí pierdo el tiempo y eso no me gusta nada.

God save our souls

 

Yo también voy a pasar de publicar nada más en este tema, algunos tienen la cabeza más dura que un muro de hormigón. 

Pues venga, hay barra libre, olvidaros de toda la normativa y hacer lo que os salga de los H***OS.

 

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EA2J
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#343375  - 20 febrero, 2020 20:22 

EA2AJO dijo: olvidaros de toda la normativa y hacer lo que os salga de los H***OS

Creo que ese es un mal consejo Juankar, las normas hay que seguirlas, en especial las que prohíben utilizar las bandas asignadas al servicio de radioaficionados sin estar en posesión de la correspondiente licencia.

EA2AJO dijo: algunos tienen la cabeza más dura que un muro de piedra.

Esa opinión la comparto plenamente.

 

La cultura del esfuerzo se cultiva desde la motivación, no mediante el castigo como algunos quisieran.
http://www.enioea2hw.wordpress.com
73, Enio

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EA2AJO reaccionó
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