Hola! soy Enrique EA2EAI de Zaragoza, y sólo quería comentaros que acabo de recibir la autorización para colocar antena en mi tejado de un unifamiliar.
Deciros que me he quedado perplejo cuando he visto que me piden que la antena la tiene que colocar un instalador autorizado y hacerme boletín, cuando sólo se trata de 2 tramos de torreta y un mástil de 3 m. y en cuanto a antenas una pequeña de vhf y uhf que sólo tendrá 2m aprox. y un dípolo diamond w8010.
Me piden boletín y un justificante fehaciente de que la responsabilidad a la que se refiere el artículo etc. etc (adjunto la carta para que la podáis leer).
En fin que estoy un poco indignado, que se supone que somos aficionados a la radio
pero no nos dejan cacharrear ni con nuestras propias antenas, luego nos pedirán que contratemos un locutor profesional para hacer los contactos y qsos que tantas satisfaciones nos proporcionan.
En mi caso es un poco de risa, llevo casi 25 años de electricista, haciendo instalaciones y colocando antenas para otros y ahora no me dejan poner la mía.
Adjunto la carta para que la podáis leer y deciros que estoy en Cariñena (Zaragoza)
ya disculparéis esta pequeña pataleta y espero vuestros comentarios, y si sabéis alguien de Zaragoza o de nuestra asociación que me pueda hacer ese boletín decirmelo y me pondría en contacto con ellos.
Muchísimas gracias por leerme y aquí estoy para lo que necesitéis. Saludos 73.
https://www.ure.es/wp-content/uploads/wpforo/default_attachments/media/kunena/attachments/7449/Autorizacinantena1.pdf
Hola Enrique.
Pues si es para reírse pero ya lleva años esa ley, solo lo puede autorizar un instalador que previamente se aya dado de alta en Teleco,con el incremento que a nuestro bolsillo conlleva.
Suerte con tú instalación
DX ¿qué es eso...?
En Coruña para tres tramos de 360 y una th3mkIV en una finca (no sobre cubierta) también piden el boletin e instalador. Ojo que no te vale cualquier instalador, tiene que ser tipo D
La norma, según el reglamento, es que el montaje lo haga un instalador
Toca pasar por caja si o si.
www.ea1nk.com
EA1NK escribió:En Coruña para tres tramos de 360 y una th3mkIV en una finca (no sobre cubierta) también piden el boletin e instalador. Ojo que no te vale cualquier instalador, tiene que ser tipo DLa norma, según el reglamento, es que el montaje lo haga un instalador
Toca pasar por caja si o si.
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Estoy pensando que en vez de montar una antena de radioaficionado, " a lo mejor me animo y monto una de radiodifusión comercial, o un nuevo repetidor de telefonía privado , por que, por lo que veo me exigen lo mismo que a ellos, a efectos tratan igual estas antenas de radioaficionado que las comerciales , telefonía móvil etc."
instaladores de telecomunicaciones de categoría D.
Saludos y gracias por el comentario.
Perdonarme, si no me entero..... pero esto es lo que pone en la ley.
Clase "D"
Estaciones de radioaficionados (salvo que las instalen los propios radioaficionados).
Si la instalas tu mismo que pasa??
Eduardo EA3NY
www.ea3ny.com
www.siemprenavegando.com
www.internetyvoz.com
Si la Jefatura Provincial considera que puedes hacer tú la instalación ( excepción a la norma del reglamento) supongo que con la memoria técnica será suficiente. Pero si en la autorización te indican que sea un instalador y presentes el boletín... a buscarlo aunque lo montes tú, ya que el boletín firmado lo necesitas de todos modos y solo puede hacerlo el instalador.
www.ea1nk.com
Hola!
Vamos a ver una cosilla:
No voy a entrar en la discusión sobre el requerimiento del instalador por parte de teleco, sólo quiero aclara una cosa: Que es el Boletín de Instalación?
Básicamente es un documento que firma una empresa instaladora -como indica mi vecino, sólo válidas las de tipo D por ser "instalaciones de centros emisores de radiocomunicaciones"- que acredita que la instalación que dicha empresa ha llevado acabo en tu domicilio cumple con la normativa vigente y características reflejadas en el proyecto técnico (supongo que en nuestro caso se referirán a la memoria aprobada por Teleco).
Hace tiempo que no hago este tipo de documentación, y no se si ha cambiado, pero este era el modelo usado:
Modelo de boletín de Instalación de Telecomunicaciones.
Básicamente, el que pringa en caso de que pase algo es la empresa instaladora, entiendo! Repito: Dicho boletín implica, y en parte entiendo que por eso lo pide Teleco, que la instalación la lleve acabo un Instalador Autorizado tipo D.
Hecha la Ley, hecha la trampa...esta claro que encontrarás sin mayores problemas un instalador que te firme el boletín... lo que me preocupa es como se tomará esto Teleco en un futuro con esto quiero decir -y no es el caso de este post-, hagámoslo pero a la "chita callando"...
Saludos!
73&DX de 9M2/EB1IVY
Estamos de acuerdo que el instalador tiene un seguro de responsabilidad civil. Pero ¿donde se instalan las antenas?. Normalmente en el tejado de una casa o edificio. Tanto unos como otros suelen y deben estar asegurados por el propietario, y los seguros incluyen responsabilidad civil mínimo de 150.000 euros que se supone que cubrirían los daños producidos por la caida de una antena de la propiedad, sea de Tv, de radio, de radioaficionado etc. Si se ha montado siguiendo un proyecto tecnico que presentamos en Telecomunicaciones, le ha dado el visto bueno el ingeniero de Teleco, y tenemos seguro de Responsabilidad Civil en la vivienda que ya lo incluye el seguro de hogar, y sabemos montar la antena nosotros mismos en muchos de los casos mejor que el instalador. ¿Para que porras se necesita al instalador?. ¿Para que firme?. Antiguamente era el propio inspector de Teleco el que pasaba a comprobar la instalacion una vez montada por el radioaficionado. Si ahora no quieren o no entra en sus funciones pasar a comprobar la instalación como antes, ¿no podría valer una declaración jurada y firmada por el propio radioaficionado y presentar el seguro de hogar en vigor que cubre la responsabilidad civil para instalaciones no muy complejas?. (una tribanda en una torre o algo asi). O puestos por las bravas ¿no podría firmarme el certificado un Ingeniero de Teleco cualquiera?. Otra cosa sería montar Cabo Cañaveral y sembrar un campo de antenas como tienen algunos pocos privilegiados.
73 de EA5CCY - Pedro
Buenas tardes leed esto y sacar propias conclusiones
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd2623-1986.html#c4
Según lo que e leído en el nuevo reglamento no pone en ningún lugar que la instalación la devén hacer un instalador autorizado tipo D.
Tipo instalaciones de centros emisores de radiocomunicaciones
En este tipo se incluyen todas las instalaciones, incluida su puesta a punto y mantenimiento, de equipos transmisores de radio.
A título de ejemplo, se puede citar:
Instalaciones en centros emisores y reemisores de radiodifusión sonora y televisión.
Enlaces de datos vía radio, excepto estaciones VSAT.
Emisoras de radiocomunicaciones en general.
Estaciones base de telefonía celular.
Estaciones de radioaficionados (salvo que las instalen los propios radioaficionado
Nota: Yo lo entiendo asi.
un saludo EA7IVN
El mundo nos habla, nosotros le escuchamos.
EA7IVN escribió:Buenas tardes leed esto y sacar propias conclusioneshttp://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd2623-1986.html#c4
Según lo que e leído en el nuevo reglamento no pone en ningún lugar que la instalación la devén hacer un instalador autorizado tipo D.
Tipo instalaciones de centros emisores de radiocomunicaciones
En este tipo se incluyen todas las instalaciones, incluida su puesta a punto y mantenimiento, de equipos transmisores de radio.
A título de ejemplo, se puede citar:
Instalaciones en centros emisores y reemisores de radiodifusión sonora y televisión.
Enlaces de datos vía radio, excepto estaciones VSAT.
Emisoras de radiocomunicaciones en general.
Estaciones base de telefonía celular.
Estaciones de radioaficionados (salvo que las instalen los propios radioaficionadoNota: Yo lo entiendo asi.
un saludo EA7IVN
El mundo nos habla, nosotros le escuchamos.
En el RD de 1986 no lo pone, pero en el reglamento vigente, artículo 19 punto e :
e) Como norma general las instalaciones deberán ser efectuadas por un instalador de telecomunicaciones inscrito en el Registro de empresas instaladoras de telecomunicación, creado por el Reglamento regulador de la actividad de instalación y mantenimiento de equipos y sistemas de telecomunicación, aprobado por Real Decreto 244/2010, de 5 de marzo.
No obstante lo especificado en el párrafo anterior, los Jefes Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones, podrán autorizar que el radioaficionado efectúe por sus propios medios aquellas instalaciones que por su simplicidad, a la vista de la memoria técnica de la instalación, no presenten razonablemente riesgos para las personas o los bienes.
Con lo que en la práctica, y salvo que el Jefe Provincial diga lo contrario, ha de hacerlo un instalador. Y el único tipo de instalador apto para transmisores es el de tipo D (o el E si es para móvil, donde aún no lo exigen).
Yo he consultado los criterios que se toman para decidir si es simple o no, y la respuesta fue que enviara la memoria para evaluarla.
www.ea1nk.com
O sea, como siempre, porque, que es una instalacion simple.
Una torre de 9 metros con una vertical para 2 metros solo, es simple?. Un mastil de 4 metros con un dipolo, es simple?. Una torre de 5 metros con una yagui para 10-15-20, un dipolo rigido para 40, un dipolo para 80, una yagui para 144 y una veritcal, es compleja?. Una vertical de 6 a 80 m en el jardin, a 25 cm, es simple?. Quien decide?
Tanto que nos gusta legislar, porque no se adoptan criterios uniformes de una puñetera vez.
Por lo visto y leido, en cada JPT adoptan los criterios que les da la gana.
Saludos.
Rafa. EA5TV
PD, Segun leo en el post de EA7IVN, si la instalacion la realiza el propio radiaficionado, ya no es tipo D. Entonces de que tipo es?.
Rafa. EA5TV. (Ex EA5BFX)
GRUPO TORTUGAS CW
En radio desde 1979 y todavia sigo aprendiendo
A las buenas nos de Dios!!!
Por partes (siento el post formato biblia, pero hoy estoy inspirado!):
EA5TV escribió:PD, Segun leo en el post de EA7IVN, si la instalacion la realiza el propio radiaficionado, ya no es tipo D. Entonces de que tipo es?.
Siento contradecirte, pero precisamente lo deja muy claro en lo que EA7IVN postea. Básicamente es un corta u pega de un texto de la web de la secretaría de estado donde básicamente listan los tipos de instalaciones y que instaladores esta habilitados para realizarlas.
En resumen:
[ul]
[li]Si la Jefatura de provincial correspondiente concluyen que tu propuesta de instalación, según la memoria presentada ante ellos,es de tipo "compleja", te requerirá su instalación por parte de un instalador y su boletín correspondiente.Visto el listado de diferentes tipos de instaladores en España, y los tipos de instalaciones que cada tipo de instalador puede realizar, se concluye que es necesario un instalador tipo "D".[/li]
[li]Si la Jefatura de provincial correspondiente concluyen que tu propuesta de instalación, según la memoria presentada ante ellos, es de tipo "sencilla", te permitirá su instalación por ti mismo. Esta salvedad, donde un radioaficionado puede realizar la instalación por si mismos, esta contemplada en el mismo listado anterior.[/li]
[/ul]
EA7IVN escribió:Según lo que e leído en el nuevo reglamento no pone en ningún lugar que la instalación la devén hacer un instalador autorizado tipo D.
Como bien te ha indicado EA1NK, en el Real Decreto 2623/1986, por el que se regulan las instalaciones de antenas de estaciones radioeléctricas de aficionado, no regula esta figura. Pero en el vigente Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por radioaficionados, Orden IET/1311/2013, de Julio del 2013, SI la regula!
Para evitar suspicacias, siento deciros que este nuevo reglamento "completa" el Real Decreto del 86, y debemos observarlo:
Título III, Capitulo I, Artículo 18, Punto num 2 del nuevo Reglamento (Orden IET/1311/2013):
"2.La instalación y uso de estaciones fijas de radioaficionado se regirá por lo dispuesto en la Ley 19/1983, de 16 de noviembre, sobre regulación del derecho a instalar en el exterior de los inmuebles las antenas de las estaciones radioeléctricas de aficionados; en el Real Decreto 2623/1986, de 21 de noviembre por el que se regulan las instalaciones de antenas de estaciones radioeléctricas de aficionado; en la Ley General de Telecomunicaciones y disposiciones que la desarrollen, así como por lo establecido en el presente reglamento."
Citaba EA1NK el Título III, Capitulo I,Artículo 19, punto "E": pero si os leis en detalle el reglamento veréis este requerimiento en otros puntos del mismo artículo: Puntos "E", D" y "G":
"d) Cuando por la documentación aportada se estime que tanto el solicitante como el conjunto de la estación que se pretende instalar cumplen los requisitos del presente reglamento, el interesado será autorizado a efectuar el montaje, por sí mismo o mediante instalador de telecomunicaciones".
"e) Como norma general las instalaciones deberán ser efectuadas por un instalador de telecomunicaciones inscrito en el Registro de empresas instaladoras de telecomunicación, creado por el Reglamento regulador de la actividad de instalación y mantenimiento de equipos y sistemas de telecomunicación, aprobado por Real Decreto 244/2010, de 5 de marzo."
"No obstante lo especificado en el párrafo anterior, los Jefes Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones, podrán autorizar que el radioaficionado efectúe por sus propios medios aquellas instalaciones que por su simplicidad, a la vista de la memoria técnica de la instalación, no presenten razonablemente riesgos para las personas o los bienes."
"g) La resolución por la que, en su caso, se autorice a efectuar el montaje de la estación establecerá las condiciones que le sean de aplicación, entre las que se incluirá la exigencia o no de que la instalación sea efectuada por un instalador de telecomunicaciones inscrito en el Registro de empresas instaladoras de telecomunicaciones."
y en otros artículos:
Título III, Capitulo I, Artículo 20, Punto num 2 del nuevo Reglamento (Orden IET/1311/2013):
"Finalizada la instalación en las condiciones autorizadas, el interesado lo comunicará a la Jefatura Provincial correspondiente en un plazo de 6 semanas, justificando documentalmente, de forma fehaciente, que la responsabilidad a la que se refiere el artículo segundo de la Ley 19/1983, de 16 de noviembre, está cubierta en la forma que se señala en el artículo 20 del Reglamento por el que se determinan las condiciones para instalar en el exterior de los inmuebles las antenas de las estaciones radioeléctricas de aficionado, aprobado por Real Decreto 2623/1986, de 21 de noviembre y acompañando, en su caso, el boletín de instalación expedido por la empresa instaladora acreditando la seguridad mecánica y eléctrica del conjunto."
Y ahora ya me he perdido, y no sé a quien más le iba a contestar. Podemos discutir lo que queráis si esta bien o no que nos lo pidan, si se están pasado etc... pero, según mi criterio, el camino esta claro:
Mi opinión personal es que este requerimiento por parte de la secretaría tiene el afán de auto-protegerse así misma en caso de cualquier "problema" con una instalación que ellos hayan autorizado. Esta claro que para esto tienen, o tenía, la formula de las inspecciones.
Porque optan por hacer que sea un instalador el que certifique en lugar de sus inspectores? Pues no puedo decirlo por desconocimiento, me aventuro a pensar que: tal vez no tengas inspectores suficientes, tal vez no tengan tiempo por estar desbordados por las instalaciones de telefonía móvil, tal vez sea excesivamente caro para sus presupuestos... o sencillamente es más fácil!!!
Sea como sea, si este es el animo de la administración, según mi criterio, no vamos a conseguir que apriori se elimine este requerimiento. Lo que tendremos que hacer como colectivo (y me consta que es lo que esta haciendo la JD) es luchar por armonizar y suavizar en todo caso los requerimientos por los cuales una estación se considera simple o compleja.
Sirva como ejemplo de que me consta que esta JD esta trabajando en ello, este extracto del reporte de la reunión de JD con la SETSI el 17 de septiembre.
" Se comprometieron a reiterar en la siguiente reunión que deben mantener con los jefes de las Jefaturas de Inspección de Telecomunicaciones la aplicación uniforme en todas las Jefaturas de las recomendaciones sobre instalaciones simples y complejas. Si bien la URE dejó patente su intención de seguir intentando la supresión de la figura del instalador de antenas."
Alguien concluía (no se si en este post o en otra discusión que tengo con este mismo tema en otro foro) que este hobby esta demasiado burocratizado y son demasiadas la leyes que debemos observar...
Si, tal vez sea cierto, pero tened en cuenta que esta misa queja la pueden hacer los aficionados a la caza, al parapente, al los deportes náuticos, tunning...
En nuestros caso consideráis que más? pues puede, pero tened en cuenta que disfrutamos en un bien escaso y muy caro como es el espectro radioeléctrico ... creedme, era más rentable para un gobierno mandarnos a freir espárragos y comenzar a otorgar licencias de radioenlaces y enlaces de última milla en nuestras bandas!!!!
Con esto no quiero decir, y me repito, que tengamos que plegar ante esto, pero de momento toca cumplir él que pueda y luchar desde la colectividad para que esto requerimientos desparezca o al menos se suavicen y sigamos avanzando!
En fin, perdon por el rollo!
73&DX de Zalo, 9M2/EB1IVY
Perfecto Zalo.
Me encanta cuando en el foro se da respuesta a un tema con la profusion que lo has hecho.
Desde luego, a mi me queda claro, y pienso como tu, que lo que deberia ser, al menos, en uniformidad de criterios en las diferentes jefaturas.
Saludos y mucha gracias por aclarar un tema tan complejo.
Saludos.
Rafa. EA5TV
Rafa. EA5TV. (Ex EA5BFX)
GRUPO TORTUGAS CW
En radio desde 1979 y todavia sigo aprendiendo
Hola. Gracias por leer.
Siento pataletas y discusiones sobre el tema, pero la admón. tiene razón.
Vale que las JPIT no tienen criterios comunes en algunos casos pero el Inspector obra juiciosamente cubriendo sus espaldas ante un posible incidente. Da igual si es en vivienda comunitaria como en individual. ¿Quién te dice que en un chalé no se cae la torre y mata a un pariente, amigo o vecino y éste te lleva a juicio?
Casualmente me acaba de caer una ayuda a un colega de profesión para resolverle este tema y estoy en ello. Él no sabía que yo soy radioaficionado. Entregó su memoria (no me gusta, pero...) y ahora le piden "Detalle de las cargas" y "boletín de instalación". Correcto. Me manda lo que ha montado y es que es un tinglado de muchísimo cuidado, pero muchísimo.
Hay dos opciones: hacer una instalacion sencillita, no se necesita instalador. Hacer una instalacion menos sencillita (enjuicia la JPIT) y si se necesita instalador. Haces la primera y, luego, ejecutas la segunda. Error. Sí, error, porque volvemos al caso anterior. Hay un incidente y ¿"de quién es la responsabilidad"?.
Dicho lo anterior, yo he ido a juicio varias veces como "perito" de temas semejantes donde se condena duramente al arquitecto, instalador o promotor de instalaciones que han causado accidentes. Es duro. El juez no entiende de corbatas y radioaficionados. La aplica y punto. (Sí, lo sé, la ley no es igual para todos).
Yo he diseñado muchas instalaciones sencillas y complicadas, calcularlas y verificarlas y he hecho cambiar mástiles, sujeciones y vientos porque no es conforme a mi diseño. Entre los instaladores que me rodean y han culminado mis diseños tengo fama de exigente, de que "tiene que ser lo que yo diga". Estoy tranquilo, ellos me prefieren.
Estamos en el país de "esto así vale" y "esto no se cae". Hasta que no vale o sí se cae. Un ejemplo: hasta la llegada de la TDT, cuando se instalaban dos antenas de TV y una de FM; necesitan un mástil de 45 mm de diámetro (3010 de Televes) y nunca acepté uno de 40 mm en su sustitución. Eso si yo firmo el Certificado. O se cambia no se firma. Recuerdo una pataleta en 9 mini-bloques en Seseña, a tejado terminado, porque iban dos antenas de TV, más la de DAB y la de FM y no se respetaron las dimensiones que yo establecí. La duda de si se cae o se rompe con uno de 40mm es tensa, pero si viene un vendaval y se monta adecuadamente, la justificación técnica está asegurada. Cada cierto tiempo vienen vendavales serios que ponen en tela de juicio la correcta instalación de parábolas, mástiles y antenas.
Yo soy Ingeniero de Teleco y he diseñado instalaciones de todo tipo y puedo aseguraros que mi responsabilidad queda a cubierto, justificada mediante unos cálculos fehacientes y reales. O se hace como digo o mal.
Un Ingeniero NO es un instalador y la ley creó la reglamentación de los instaladores para llevar a cabo su trabajo. Y hacerlo con profesionalidad y cumpliendo los requisitos técnicos y mecánicos. Si no sabe, se pregunta y se informa. A diario recibo muchas llamadas de estos instaladores sobre cualquier chorrada ( que no lo es), colores de tubos, giros de armarios, torretas, mástiles, etc. etc. Ellos confian en mi criterio, de mucha experiencia y prestigio y nos va bien. Nunca problemas.
Si el legislador establece que debe ser un instalador clase D el que lo haga o, al menos, el que lo firme (que para el caso "casi" es lo mismo), establece la responsabilidad en alguien que se supone con titularidad y conocimientos para hacerlo. Si la administración "regaló" títulos de instaladores en su día, ahora no es el momento de discutirlo.
No hay más opcion, que te la hagan y te la firmen o que la hagas y la firmen, en cualquier caso, se pide presupuestos y punto.
Ejemplos:
A un colega y muy buen amigo se le cayó su dipolo y su mástil del tejado, corroido por varios años sin mantenimiento. Prefirió, juiciosamente, llamar a un instalador (que yo le recomendé, por cierto) para que le hiciera una instalación decente y bien hecha. Mi amigo es dentista, o sea, no tiene por qué saber de qué dimensiones y profundidad han de ser las garras de mástil, para eso me preguntó a mi y al instalador.
Hace años tuve que certificar una torre-torre de sujeción de antena de FM (transmisora) que no diseñé yo pero que sí montó un instalador y se lo tuvo que currar para pintar de rojo-blanco, balizar, toma de tierra, descargadores de estática, etc. etc. en una zona de vientos y tormentas y con vecindario que miraba con recelo semejante estructura. Y esa no llevaba riostras (vientos). A este respecto os sugiero bajaros el catálogo TORRES de Televés (el único existente al respecto en nuestro país) y veréis que las cosas tienen que ser de forma muy seria.
Así pues, amigos, cumplamos la ley y aseguremos bien nuestras espaldas que, luego, las compañías de seguros son muy listas (es su trabajo) y escurren el bulto a la más mínima.
73. Diego
El problema que estoy viendo, Diego, es que, al menos en Lleida, hay unos cuantos instaladores D que no hacen instalaciones para radioaficionados NI QUIEREN FIRMAR NINGÚN BOLETÍN. no sé como se las apaña la gente.
Y preguntando en Teleco si los ingenieros de idem podemos hacer un certificado o boletín, me dicen que NO, que tiene que ser un instalador. Estoy por sacarme el título de instalador...
Luis, EA3WX
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