Por muchas mayúsculas que se usen, eso no significa que se tenga razón y por ello se puedan usar dichos argumentos para descalificar a quien ofrece no otra opinión sino datos obtenidos de la literatura técnica.
En el Power Vacuum Tubes Handbook, 2ª edición, de Jerry Whitaker (CRC Press) hay un glosario en el que se pueden encontrar las abreviaturas dB, dBm (decibelios por encima de 1 mW), dBW (medida de potencia relativa a 1 W) y dBk (medida de potencia relativa a 1 kW). En la 3ª edición, página 548 dice lo siguiente: "RF engineers often express the decibel value of a signal relative to some standard reference instead of another signal. The reference for decibel measurements may be predefined as a power level, as in dBk (decibels above 1 kW), or it may be a voltage reference."
Al igual que nuestra Administración, la FCC usa el concepto de potencia en la cresta de la envolvente (p.c.e. o PEP en inglés) para establecer el estándar de potencia máxima de un transmisor de radioaficionado (Handbook, p. 6.7).
Cuando esa p.c.e. que genera el transmisor se aplica a una antena (que puede tener ganancia positiva o negativa) a través de una línea de alimentación (que tiene pérdidas) se convierte en potencia radiada aparente (p.r.a. o ERP en inglés). En un punto lejano, para un mismo transmisor, el campo creado será mayor o menor en función de la ganancia de la antena y de su orientación debido a una mayor o menor p.r.a. sin que eso signifique que la p.c.e. del transmisor haya cambiado. Si así fuera, todo el mundo que usa antenas directivas grandes debería atenuar la potencia de su transmisor para evitar incumplir el reglamento.
jon, ea2sn
Jon, EA2SN / AE2SN
... el que lee mucho y anda mucho vee mucho y sabe mucho. (Don Quijote, libro segundo, capítulo XXV)
Examinador Voluntario para la FCC (EE. UU.) con ARRL-VEC /.../ 4,69BDXCC como EE2A con una vertical y 5-100 W
En el mensaje https://www.ure.es/foros/temas-diversos-miscelanea/demonizacion-de-los-sdr/paged/5/#post-370362 yo escribí:
"De hecho, para un dipolo de onda media, hay dos lóbulos principales que salen perpendiculares a la antena y, en esa dirección, la p.r.a. es 1.64 veces la p.i.r.e. o 2,15 dB. El uso de decibelios es cómodo cuando todo se convierte a tales unidades, porque son aditivos. Un transmisor de 100 W (p.c.e.) conectado por un cable ideal a una antena dipolo tendría una p.r.a. de 215 W (100x2,15) o, en dB, siendo 100 W = 20 dBW, la potencia p.r.a. sería de 22,15 dBW."
Como el lector sagaz habrá visto, cometí un error en el cálculo. La p.r.a. (teóricamente, sin pérdidas en la línea y la adaptación) sería 100 W x 1.64 = 164 W y no 215 W como dejé escrito. El factor de +2,15 dB sí aplica a los 20 dBW, sumándose y produciendo 22,15 dBW. Cualquier calculadora de dB, como por ejemplo https://www.satcomresources.com/dbw-dbm-watts-converter , nos facilita la conversión dBW a vatios, dando como resultado 164 W, como era de esperar.
Disculpas por la errata y muchas gracias a quien me ha avisado.
jon, ea2sn
Jon, EA2SN / AE2SN
... el que lee mucho y anda mucho vee mucho y sabe mucho. (Don Quijote, libro segundo, capítulo XXV)
Examinador Voluntario para la FCC (EE. UU.) con ARRL-VEC /.../ 4,69BDXCC como EE2A con una vertical y 5-100 W
A ver,
Yo no bebo de literatura HAM.
Yo SOy profesional de la radiocomunicación.
No verás a nadie usar el dBk.
Por poder puedes usar el dBM cuya referencia será 1Mw.
Dado que el dB así solo no es nada. Necesita una referencia.
Una señal de modulacion de amplitud, sea AM, SSB, QAM, tiene una potencia de cresta y una potencia media, o eficaz.
Ambas dos son lo mismo, la una sale de de la otra.
Pero hay formas de "engañar el watimetro", para sacar más potencia. Por ello, la DGTEL, nos limita la PCE y no la PAR como debiera.
Cuando se realizan cálculos en antenas, cualquier ingeniero, tomará por defecto la potencia PAR, y la medirá en dBW.
Salvo, repito, en parabólicas.
En 60m, inmaginate 10W pire, son unos 4W de salida del equipo, pero en ese caso, extrañamente, la PIRE es potencia media, no de cresta. OL por lo menos, la ingenieria no la entiende así. Salvo, claro esta que se diga que es potencia PCE PIRE. Lo cual rebaja aún más la potencia que debemos observar en un medidor de CW(onda continua).
Con lo cual, la norma, otra vez, es confusa.
Yo por mi parte dejo el foro en libertad.
73 y QRV.
EA3IO
Manuel Aleu
Pero primero deberías especificar si la PCE PIRE es de churras o de merinas, porque hay una diferencia de de 7,13 dBiW entre ellas.
Menos mal que no hice ingeniería!
Si quieres buenas respuestas haz buenas preguntas
73 de Angel, EA2ET.
Ein?
PCE PIRE....???
LA PIRE y la PAR SIEMPRE SON EFICACES o RMS.
Yo ya no sé como decirlo.
2Raiz2 de la potencia de portadora.
Sea PIRE o PAR.
si 1W RMS(o potencia eficaz, que es la que miden los watímetros), 2.82W de pico.
2.82W= 2820mW=34.5dBm PIRE.
SI en W
3.4dBW PIRE.
Recordad que la fórmula del dB en POTENCIA es 10log(Pout/Pin), NO x20 eso es para tensión o corriente.
EA3IO
Manuel Aleu
Manuel te sigues liando tú solo, lee bien lo que dices, en este último mensaje primero dices que el PIRE es eficaz y luego vas y lo calculas como si sería de pico ....? ? ?
Creo qué la noche te confunde....
73.
Juankar - EA2AJO - EA1327URE---
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Hola,
Ya es que me lían.
PIRE y PAR SIEMPRE se cálculan cómo potencias de portadora, claro en modulaciones de amplitud(AM, SSB, QAM, etc), porque tiene picos.
La DGTEL, con un criterio muy conservador, nos limita la potencia a la PCE.
Aunque yo recuerdo haber leido en algún reglamento mas antiguo, que hacía referencia a la PAR, y posiblemente lo cambiaron, porque, sobre todo en AM, hay formas que engañar la potencia de pico.
Por lo que supongo, que el funcionario de turno, penso:"Espera, dejame poner la potencia de CRESTA, no sea que me hagan la "pirula"!!!"
Porque así no hay dudas. portadora x 2Raiz2 es Potencia de cresta. Como decimos en Catalunya "Fabas contadas".
EA3IO
Manuel Aleu
En el libro de URE de preparación de exámen para radioaficionado que tengo por ahí estaba editado en el ochenta y pico ya venía como PCE ( Potencia de Cresta de la Envolvente), sería mucho antes.
73.
73.
Juankar - EA2AJO - EA1327URE---
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EA2W dijo:
Otro tema, al que no he hecho mención en ningún momento, es si el uso de receptores remotos es legal en EA según el REA para un radioaficionado.
A la vista de la norma, puedes estar seguro de que no es ilegal. O dicho de otro modo, no hay ningún artículo en el reglamento de Radioaficionados que prohíba utilizar estaciones remotas SDR, por supuesto como escucha y tampoco como proceso para establecer un QSO bilateral.
Edito: Hemos constatado que hay concursos y diplomas (SOTA, modalidades del CQWW y, probablemente haya más) que en sus reglas permiten el uso de estaciones SDR para validar un contacto bilateral en determinadas circunstancias. Nos puede gustar o no, pero nadie nos obliga a participar. Aunque sea solo por respeto a los colegas que sí participan deberíamos ser respetuosos con algo que es legal y que no practicamos porque no queremos. Y que conste que nunca he utilizado ni tengo previsto hacerlo en el futuro, principalmente porque me parece complicado, segundo porque no trabajo ningún diploma o modalidad de concurso que lo permita y para los demás porque no hago trampas, no por ética sino porque sería totalmente idiota por engañarme a mí mismo.
Hola Enio,
¿Seguro?
TÍTULO III
Estaciones radioeléctricas fijas de radioaficionado
CAPÍTULO I
Condiciones de autorización y funcionamiento
Artículo 18. Régimen general de autorización y clases de estaciones.
1. A los efectos del presente reglamento se entiende por estación fija de radioaficionado el conjunto de equipos, soportes, antenas, cables de interconexión y demás elementos anejos, que permiten la emisión y recepción de señales del servicio de radioaficionados desde una ubicación fija determinada. La instalación y funcionamiento de cualquier estación fija de radioaficionado precisa de una licencia, la cual se considerará asociada a la autorización de radioaficionado de su titular.
¿Qué entiendes tú por ubicación fija determinada? ¿Qué entienes por emisión y recepción? Porque no pone "o" sino "y"
Igual no entendemos lo mismo, pero la lectura, en mi modesta opinión, no da lugar a muchas interpretaciones.
Un saludo
Luis, Onteniente (Valencia) IM98qt
. -.-. ..... .-
Todo está perdido cuando los malos sirven de ejemplo y los buenos, de mofa
Demócrates
Hola Luis,
Yo me he limitado a informar de que un concurso ha incorporado una categoría donde se permite el uso de receptores remotos. De hecho, el CQ 160 también lo permite desde hace unos años.
En las normas de estos concursos se hace también hincapié en que hay que respetar la reglamentación existente en el país desde donde se transmite. De ser ilegal lo será en un país donde la reglamentación lo diga, no en el mundo entero, por lo que una cosa no choca con la otra.
Otro tema, al que no he hecho mención en ningún momento, es si el uso de receptores remotos es legal en EA según el REA para un radioaficionado.
Saludos,
Hola Jon,
Lo que tú dijiste fue esto ¿no?
En el CQ WW sí está permitido en la categoría explorer:
https://cqww.com/rules_explorer_es_2021.pdf
Lo que siempre me atrajo más de la radio fue la experimentación.
Me alegra ver que uno de mis concursos favoritos abran las puertas a experimentar con cosas nuevas, dice mucho de los organizadores.
Y como hay categorías para todos los gustos, unos contentos y los otros también 😀
Si es así, porque yo no he quitado una coma de tu comentario, entonces, una de dos, o tú te has expresado mal, o yo he interpretado mal lo que tú querías decir.
Antes de seguir contestándote, ¿puedes aclarar qué quieres decir con la frase "Lo que siempre me atrajo más de la radio fue la experimentación"? Ten en cuenta que lo has escrito después de decir que la categoria explorer del CQ WW admite el uso de receptores remotos en la categoría explorer, y ésta dice claramente, que "los receptores remotos pueden estar ubicados en cualquier lugar"
Yo interpreto que tú vas a usar esta categoría para experimentar (que es lo que más te gusta en la radio) con algo que tu reglamentación no te permite hacer. Ahora claro, tú dirás que eso no es lo que has dicho, pero repito, lo has escrito detrás justo, de un ejemplo donde pone que "los receptores remotos pueden estar ubicados en cualquier lugar" para luego rematar, que "Me alegra ver que uno de mis concursos favoritos abran las puertas a experimentar con cosas nuevas, dice mucho de los organizadores"
En esta última intervención dices "Otro tema, al que no he hecho mención en ningún momento, es si el uso de receptores remotos es legal en EA según el REA para un radioaficionado." ¿y de qué estábamos hablando en este hilo entonces? ¿Para qué animas a que la gente se lance a participar en tu concurso favorito usando receptores remotos sin matizar "Ojo señores, en España eso no está permitido"?
A mí también me gusta experimentar, no eres el único, pero hay muchos campos en los que, hacerlo, no supone saltarme la normativa. Y antes de lanzarse a la piscina, mejor mirar si tiene agua, y si tiene, si está aceptable o no. ¿O tú no miras eso? Yo sí, y por eso ando con cuidado y no aliento a nadie a usar una herramienta, que aún nadie me ha podido rebatir, según normativa, no es aceptable en España a día de hoy.
Un saludo y suerte en los CQ WW.
Luis, Onteniente (Valencia) IM98qt
. -.-. ..... .-
Todo está perdido cuando los malos sirven de ejemplo y los buenos, de mofa
Demócrates
Luis,
Me he expresado perfectamente, dije justo lo que quería decir, ni más ni menos.
Lo que has puesto son interpretaciones o afirmaciones tuyas que yo en ningún momento he dicho.
Saludos,
Jon, EA2W
Veamos Luis, he repasado el título III del RR y me reafirmo en lo expuesto. Como no estoy seguro de que hablamos de los mismo voy a poner ejemplos de unos supuesto.
Tengo acceso a una pequeña propiedad en la provincia de Burgos, alejado de cualquier urbe y con condiciones excelentes para hacer radio. Solicito la autorización para instalar una estación fija cumpliendo todos los requisitos que me exige el Reglamento. Coloco un sistema de control remoto y opero desde mi casa en Donostia.
En tu opinión ¿Incumplo el Reglamento?, si es así razona cómo y porqué. En mi opinión no incumplo el RR en ningún momento dispongo de una estación fija legalmente autorizada y ajustada hasta las comas.
A efectos del DXCC cumplo también los requisitos siempre que los equipos estén situados en la misma Entidad. A efectos de un concurso, por ejemplo el CQWWCW, lo mismo, probablemente haya algún concurso como el DME que no lo cumplo, pues no participo y ya está.
Segundo supuesto, sintonizo la estación SDR de Ordino (Andorra) y me paso una semana colgado del PC escuchando todo lo que entra, ¿Incumplo el RR?
Tercer supuesto, intento establecer un comunicado con una estación de Rusia y como no le escucho bien pero él si, utilizo una estación SDR para recibir sus señales. Mi corresponsal sabe que le he escuchando por este medio, le pido la QSL en la conste el sistema de escucha y no la utilizo para acreditar ningún diploma, me indica en la QSL la señal con la que recibe y le contesto en una QSL indicándole que le he escuchado mediante una estación SDR ¿Incumplo alguna norma?
Es interesante que se abran nuevos modos para establecer contactos y experimentar con ellos siempre que no se incumplan las normas legales y participar en concursos que permitan estos modos.
Únicamente Luis, creo que es importante tener en cuenta el espíritu de la Ley. Las normas que limitan el uso de las ondas de radio, desde un punto de vista amateur, tienden a defender dos principios, el primero que no tengan un motivo económico, es lógico, el uso de las ondas con fines comerciales paga impuestos, y el segundo que el uso de las bandas atribuidas no interfieran otros usos de servicio público o de pago por eso se establecen los límites las potencias máximas, los requisitos para obtener la licencia, los anchos de banda etcétera ya que el monopolio para el uso del espectro lo tiene en exclusiva cada país en relación a sus ciudadanos.
Ningún país (o muy pocos con gobiernos autoritarios) prohíben la libertad de escucha y escuchar una estación SDR **con cualquier fin** no está prohibido. Otra cosa es intentar hacer trampas en un diploma y nadie ha dicho que vaya a hacerlo o que le guste hacer trampas.
La cultura del esfuerzo se cultiva desde la motivación, no mediante el castigo como algunos quisieran.
http://www.enioea2hw.wordpress.com
73, Enio
TÍTULO III
Estaciones radioeléctricas fijas de radioaficionado
CAPÍTULO I
Condiciones de autorización y funcionamiento
Artículo 18. Régimen general de autorización y clases de estaciones.
1. A los efectos del presente reglamento se entiende por estación fija de radioaficionado el conjunto de equipos, soportes, antenas, cables de interconexión y demás elementos anejos, que permiten la emisión y recepción de señales del servicio de radioaficionados desde una ubicación fija determinada.
Haber Luis yo creo que te estás liando... creo que no has interpretando correctamente las normas
El reglamento pone que te permite emitir y recibir, no que debas hacerlo, por ejemplo, yo me puedo sacar autorización de Radioaficionado por qué soy escucha y la ley de antenas me lo pone más fácil con unos cuantos vecinos que me llevo mal, monto mi estación y... ¿obligatoriamente tengo que emitir, no puedo sólo escuchar? claro como dices que hay que emitir y recibir obligatoriamente desde mi ubicación, ¿Si no emito incumplió la norma...?
Otro ejemplo: doy clases de CW a compañeros que están empezando en CW y algunos ni siquiera tienen licencia, pero quieren aprender CW .... Yo, me limito a transmitir las lecciones por radio, pero como ninguno de ellos tiene la mínima idea de transmitir, yo sólo transmito, pero no escucho, parece que según lo que comentas incumple el reglamento.
Otro ejemplo: solo hago fonía y estoy afónico, pero como hace en la calle mucho frío y están cayendo chuzos de punta, me quedo en casa calentito, ¿Me van a sancionar sólo por escuchar y no emitir...?
Por lo tanto claro que es legítimo escuchar a través de una WEB SDR para hacer comunicados, ya que según el reglamento podemos escuchar por nuestra estación radioeléctrica.... o no, la norma no nos obliga, sólo nos dice que podemos hacerlo si nos da la gana, por lo tanto podemos estar transmitiendo y mientras escuchar vía Internet una WEB SDR o si queremos una emisora de Jazz americana.....
Otra cosa diferente es que no sea válido para determinados diplomas y concursos, pero el reglamento no prohíbe escuchar a través de otros medios. Luis, ¿No crees que si estarían prohibidos se podían ahorrar el escribir en sus bases que no los permiten para ese concurso o ese diploma?.
73.
Juankar - EA2AJO - EA1327URE---
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Como culturilla, en algunos otros aspectos de la interpretación de las normas que rigen nuestra actividad que, por otra parte , hasta cierto punto frecuente en este foro, es importante contemplar todos los aspectos de la normativa que afectan a un tema. En este caso hablamos de las estaciones fijas.
El capítulo III se dedica a las normas que afectan a la instalación de estaciones fijas. Una estación fija con control remoto reúne todos y cada uno de los requisitos para ser una estación legal. No solamente en cuanto a su instalación descritas en el Capítulo I (art. 18 al 21), sino además, a las condiciones técnicas de funcionamiento, Capítulo II (art.22 y 23).
Es de notar el papel y la importancia de los Anexos, en este caso el Anexo I que describe las características técnicas a las que deben ajustarse las estaciones fijas (art.22).
Leído todo detenidamente no se puede encontrar nada que prohíba el control remoto de una estación fija. De esta forma tenemos que, no solamente no está prohibido, (principio de derecho que implica que lo que no está prohibido está permitido) sino que, además, encaja dentro de los requisitos legales necesarios.
Por otra parte, en todo el RR no hay una sola línea que declare ilícito la recepción de señales de una estación SDR aunque esté en Nueva Zelanda. así que, salvo opinión mejor fundamentada, la escucha de una estación remota SDR no es ilícito bajo un punto de vista legal ni tampoco operar de forma remota una estación fija legalmente autorizada.
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73, Enio
Hola Enio, dices:
Tercer supuesto, intento establecer un comunicado con una estación de Rusia y como no le escucho bien pero él si, utilizo una estación SDR para recibir sus señales. Mi corresponsal sabe que le he escuchando por este medio, le pido la QSL en la conste el sistema de escucha y no la utilizo para acreditar ningún diploma, me indica en la QSL la señal con la que recibe y le contesto en una QSL indicándole que le he escuchado mediante una estación SDR ¿Incumplo alguna norma?
No incumples ninguna, pero permíteme decirte que eso no es un QSO completo, te ayudas de una web para escuchar, aunque lo sepa tu interlocutor, no haces el contacto de ida y vuelta a través de tu equipo, si no con ayuda de una webSDR, ojo, para mí no es un contacto válido, pero oye, respeto todas las opiniones, quizás es que soy demasiado purista con los QSO´s.
Saludos.
Roberto
EA5DGK
Aguilas (Murcia)
LOC IM97EJ DME 30003
Después de 30 años...... retomo la actividad.
Bueno Roberto, estamos debatiendo sobre varios aspectos acerca del uso de estaciones remotas y SDR. El principal, si el uso de estaciones SDR es legal o no de acuerdo con las normas y sobre esto no cabe duda porque las normas están escritas. Otra cosa es si se puede considerar o no un QSO cuando uno de los interlocutores utiliza una estación remota SDR. Partiendo de la base de que no se incumple ninguna norma legal tienes muchas razones para considerar que no es un QSO "normal" pero también hay razones para considerar que es un QSO si les sirve a los interlocutores..
Ahora bien, debes considerar también que los diplomas y los concursos tienen normas pactadas o impuestas por los organizadores y que, en este foro. tendemos a considerar algunas normas pactadas como normas imperativas y esto no es así. Imagínate que mañana un radio club de Oklahoma edita el diploma 100MixedDXmodes, en los que se piden acreditar 100 contactos en los que uno de los dos corresponsales utiliza como receptor una estación remota. Cosas más marcianas se ven a diario en la radio. No te te pregunto sobre si es ético o no, solo te pregunto si incumple alguna norma. Y no vamos a debatir sobre el deterioro de la radioafición. Los modos FT8, para algunos no son radio a otros no les agrada y a muchos consideran que es un avance tecnológico.
Por estas razones, es importante conocer bien las normas para saber qué es legal o no, luego hay un amplio campo para la opinión personal y el debate. Pero decir que algo es ilegal cuando no lo es es confundir al personal.
La cultura del esfuerzo se cultiva desde la motivación, no mediante el castigo como algunos quisieran.
http://www.enioea2hw.wordpress.com
73, Enio
Estamos mezclando legalidad con contacto aceptado para un diploma, concurso, etc.
Legal es hacerlo con los equipos, transmitiendo con tu equipo y recibiendo por un SDR O de yogur a yogur Unidos con una cuerda. Nada en eso es ilegal.
Hacer pruebas con un colega a ver si nos oímos en directo o no pero sí mediante el SDR de Andorra, también es legal.
Otra cosa es lo de la QSL, que se la puedes pedir diciendo que no le has recibido desde tu instalación (tu receptor y transmisor no estaban en la misma ubicación). Puedes pedírsela, pero yo no les veo mucho sentido, quedaría como una prueba técnica, pero no me cuadra con el fin para el que sirven las QSL, que es el de confirmar un contacto bilateral o sólo de escucha.
Pero claro, es mi opinión. Si a tí te hace ilusión tener QSL con recepción a través de un SDR remoto, siempre que así conste, nadie te puede decir que no. Siempre he considerado que cada uno es libre de hacer lo que sea siempre que no se perjudique a los demás.
Otra cosa es lo que por desgracia hacen algunos y presentan ese contacto como válido en un concurso, diploma, etc., como para a veces en la banda de 40 los fines de semana en diplomas.
Sobre el remoto, de hecho, normalmente no se niegan la posibilidad del remoto, sólo suele negarse que receptor y transmisor estén separados.
73 de Antonio EA4NI (ex EA4FQM, EB4HCW)
Intentemos dejar el Mundo Mejor de lo que lo Encontramos.
Antonio, eso es justo lo que vengo escribiendo en estos últimos post. Las trampas en los concursos sólo me interesan el no hacerlas, lo demás no es mi problema. En cuanto a las razones para que el supuesto de que a alguien le interese una QSL para contacto mixto, si es honesta, cualquiera que sea, para mi es digna de respeto. Hay actividades que las entiendo menos.
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73, Enio
Enio, ya te he dicho que no hay ninguna norma que se incumpla, pero te vuelvo a repetir, que hagas un contacto desde una estación remota, tuya, que la tienes en el campo a 10, 20 o 200 km., pero tuya, aunque la controles a través de un pc, estás trabajando un equipo donde transmites y recibes aunque este a 200 km, distinto es confirmar un QSO con un equipo desde el cual transmites pero que no escuchas al corresponsal y vaya, pongo el webSDR y como lo escucho a través de él..... contacto confirmado, pues que quieres que te diga, para mi eso no es un QSO, y no me meto en si es válido o no para un diploma, si no que para mi no es válido para confirmarlo mediante QSL.
FT8 u otros modos, los cuales no he tenido el gusto de probar porque mi equipo tiene 40 años, aunque se hagan a través de programas de ordenador, se hacen transmitiendo y recibiendo desde el mismo equipo. Pero que bueno, para gustos los colores, para mi el webSDR lo veo muy bien para experimentar, pero solo para eso. Mi humilde opinión, pro supuesto.
PD: precisamente estaba EC1DJ con el tema del diploma tras las huellas de Rosalía, apenas lo podía escuchar por el QRM, posiblemente si le hubiera llamado me hubiera contestado, he puesto el SDR de Andorra y joder, no perdía palabra, podía haber hecho el contacto perfectamente pero mi ética no me lo ha permitido, así que a esperar poder escucharlo mejor y hacer el contacto.
Saludos.
Roberto
EA5DGK
Aguilas (Murcia)
LOC IM97EJ DME 30003
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