Ambito EA: TG-214112
Ambito Europa: TG-9112
Ambito América: TG-9911
73 de Iñigo EA2CQ
Gracias Iñigo!!! Agregados al codeplug.
Abrazos,
EB1HYS, Op. RUBEN /// 09200 MIRANDA DE EBRO (BURGOS) SPAIN /// IN82MQ /// http://eb1hys.blogspot.com
Buena iniciativa y muchas gracias !
73, Manuel
73 & DX, Manuel
Gracias por la información.
De paso quisiera hacer una sugerencia, que ya le he comentado a otros colegas del DMR y que quisiera discutir:
Para respetar la jerarquía CCS7 geográfica que iniciamos con los distritos, ¿no seria mejor poner ese tipo de TGs comenzando con el TG2140 para mantener un sistema de numeración con coherencia interna?
Ya que tenemos la ventaja de que no usamos el 0 en nuestros indicativos, aprovechémonos!
Así, quedaría 2140112 para emergencias, y proyectos como el de los códigos postales tendrían la nomenclatura:
214028 Madrid
214008 Barcelona
214033 Asturias
Saludos,
Pedro.
Pedro - MØIEI / EA1CRF
EA2CQ escribió:Ambito EA: TG-214112Ambito Europa: TG-9112
Ambito América: TG-9911
73 de Iñigo EA2CQ
Desde luego es una herramienta extraordinaria que puede garantizar que alguien en un momento determinado escuche la llamada de emergencia de cualquiera de nosotros.
Me surge una duda y seguro que los más iniciados en el tema sabrán responderme. ¿El TG-214112 es un canal prioritario? es decir en el caso de que un repetidor esté usando ambos slots si se hace una llamada con el TG de emergencia, ¿tiene prioridad y desconecta alguno de los 2 slots?
Esto en otros sistemas digitales (aunque no de/para radioaficionados) es posible y se utiliza.
Pedro, esto es un tema que discutimos los sysops de DMR y aunque entiendo tu criterio, decidimos hacer tgs más cortos y que directamente fuera 214+codigo postal.
Gracias por el aporte !
El TG214112 ahora sólo se está utilizando para ejercicios de EMCO y similares como TG auxiliar y está bajo demanda en todos los repetidores. Por lo que si llamas por ahí a nadie le entra la llamada priorizada.
Pero... tenemos proyectado ponerlo como permanente en ambos slots en todos los repes y además que esté contenido en todas las RXList, de tal forma que se use sólo como verdadero canal de emergencia y abra el squelch de cualquier usuario, esté en el TG que esté.
Gracias por contestar.
Resumiendo, actualmente no es un canal prioritario, pero en un futuro está previsto que sí lo sea.
Pues me alegra enormemente esta noticia.
Con respecto al uso compartido (y es mi humilde opinión) no lo veo correcto, creo que se está adoptando la misma estructura que los sistemas analógicos, es decir un TG de emergencias en lo que haya de todo, ejercicios, etc...
Creo que cada cosa debería tener su propio TG ¿por qué lo digo? y siguiendo con la respuesta que me has dado.
Porque cuando se haga prioritario el TG214112 se puede intentar hablar con las administraciones para que los cuerpos de seguridad esten a la escucha de ese TG.
Si lo que escuchan por ahí son verdaderas alertas nos tomarán en serio.
Si por ahí escuchan de todo nos tomarán a pitorreo y dejarán de escucharnos.
El DMR para Radioaficionados en España no está autorizado su so. DE momento es solo de uso comercial. Para todo lo demás, D-Star, Fusión, etc...
EA8HQ escribió:El DMR para Radioaficionados en España no está autorizado su so. DE momento es solo de uso comercial. Para todo lo demás, D-Star, Fusión, etc...
No se debe dar de comer a los trolls, pero enseñar al que no sabe es una de las obras de misericordia.
Victor, en qué parte del reglamento del servicio de radioaficionados dice usted que se indica que el DMR está prohibido, o qué parte del DMR -creado por el Instituto Europeo de Estándares de Telecomunicaciones- dice usted que vulnera la normativa comunitaria? 😆
Pedro - MØIEI / EA1CRF
EA8HQ escribió:El DMR para Radioaficionados en España no está autorizado su so. DE momento es solo de uso comercial. Para todo lo demás, D-Star, Fusión, etc...
Ya se ha explicado mil veces en tema y se ha expuesto las casi 40 repetidores con licencia otorgada por telecomunicaciones.
Y a punto de llegar a los 1.000 dmr-id de usuarios.
Un servicio, según tu, no autorizado.
Ya sabes. No lo uses.
73's Rafa EB2DJB
Bilbao
Twitter: @eb2djb
Pués me consta que hay sección con propuesta de sanción, porque han querido vender gato por liebre. Han dado de alta un repetidor para D-Star por ejemplo, le dan el ED correspondiente y luego hacen lo que quieren DMR, etc...
Si alguno me hiciera el favor de enviarme con los espacios de identificación distorsionados, una autorización de la jefatura que corresponda autorizando a la instalación de DMR. Mi email es ea8hq@ure.es No tengo problema ninguno en quitarme el sombrero, hacer una reverencia y pedir disculpas. Esas son las noticias que tengo desde mi Jefatura y nos vendría bien para nosotros y montar algo en EA8 o ampliar la red.
Saludos
EA8HQ: Ya que me has reventado el hilo, al menos pide disculpas. (quitarse el sombrero y la reverencia que decías, no hacen falta)
Gracias por la informacion, y sobre todo por el aporte de la documentacion. Argumentar con documentacion , fichas tecnicas etc.Hace que el posteo de la informacion no solo tenga calidad incuestionable.Sino que el nivel de fiabilidad sea excelente.
73
Facil, son mis normas.Si no me escuchas no me llames.
El repetidor Hytera, no tiene un certificado actualizado CE. Es un repetidor híbrido antiguo de Hytera con un certificado de aceptación radioeléctrico(CAR) caducado en 2007.E-07970647, los dos primeros dígitos, indican la fecha de caducidad del certificado, los dos segundos el año en que se inició y los cuatro últimos el organismo certificador, pero en 2016, no es valido.
URE de Vizcaya, tuvo que presentar una memoria técnica para solicitar la autorización y ahí tuvieron que poner que sistema iban a instalar (en el documento no menciona DMR).
Lo más seguro es que se autorizada un Rot digital, no un DMR.
Después os habrán dado una autorización y en 6 meses, tendréis que presentar un boletín y protocolo de pruebas del instalador homologado tipo D.
¿Qué utilidad tiene un repetidor digital que no puede ser utilizado por ningún equipo de radioaficionado homologado? los protocolos autorizados de internet, pinchos ordenadores a través de servidores.
Que no puede ser utilizado por radioaficionados???
Lee la ley que nos ampara, la actual, lo que dices no es cierto.
Ángel
Porque no abres un nuevo tema para debatir la legalidad. Aquí si esta hablando de otra cosa y esto no viene al caso.
Rogaría respetar la temática del hilo. Luego queréis respeto pero sois los primeros que no tenéis respeto por nada. Lo único que buscáis es la polémica de la legalidad o no.
Ángel
EA8HQ escribió:El repetidor Hytera, no tiene un certificado actualizado CE. Es un repetidor híbrido antiguo de Hytera con un certificado de aceptación radioeléctrico(CAR) caducado en 2007.E-07970647, los dos primeros dígitos, indican la fecha de caducidad del certificado, los dos segundos el año en que se inició y los cuatro últimos el organismo certificador, pero en 2016, no es valido.URE de Vizcaya, tuvo que presentar una memoria técnica para solicitar la autorización y ahí tuvieron que poner que sistema iban a instalar (en el documento no menciona DMR).
Lo más seguro es que se autorizada un Rot digital, no un DMR.
Después os habrán dado una autorización y en 6 meses, tendréis que presentar un boletín y protocolo de pruebas del instalador homologado tipo D.
¿Qué utilidad tiene un repetidor digital que no puede ser utilizado por ningún equipo de radioaficionado homologado? los protocolos autorizados de internet, pinchos ordenadores a través de servidores.
Respondido éste asunto, donde tiene que tener respuesta...
Asuntos Internos
73's Rafa EB2DJB
Bilbao
Twitter: @eb2djb
El pasado dia 10 de Mayo se ha publicado en el B.O.E. la nueva normativa de compatibilidad electromagnética, evaluación de conformidad, vigilancia del mercado y régimen sancionador, para equipos de telecomunicación, la cual pone en tela de juicio el uso de los últimamente tan aplaudidos y extendidos entre los radioaficionados “equipos chinos” (tanto analógicos como digitales).
Es una norma nueva, extensa y muy condensada, que establece unas pautas muy claras para el uso de los equipos importados, así como el régimen de inspecciones y sanciones, que completa las sanciones de teleco con sanciones de la agencia tributaria por importar equipos a nivel particular.
Recomendamos su lectura:
https://www.boe.es/boe/dias/2016/05/10/pdfs/BOE-A-2016-4442.pdf
https://www.boe.es/boe/dias/2016/05/10/pdfs/BOE-A-2016-4444.pdf
Es por este motivo que se advierte de que están publicados en diferentes webs los codeplug para este tipo de equipos, estos codeplug son de uso libre y es responsabilidad de cada uno de los usuarios el adquirir e introducir en suelo europeo los equipos que usan.
Del mismo modo se advierte también que la ORDEN de 25 de junio de 1998 por la que se establecen las especificaciones técnicas de los equipos comerciales de Radioaficionado, sigue en vigor y junto con el resto de normativa en materia de radioaficionados es de aplicación a los equipos que usemos independientemente de que cumplan las normas citadas anteriormente.
http://www.minetur.gob.es/TELECOMUNICACIONES/ESPECTRO/RADIOAFICIONADOS/Paginas/Legislacion.aspx
Seguimos atentos a las novedades, y llevar cuidado con lo que compráis.
No hay equipos DMR para Radioaficionados.
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