Cambios de indicativos de la estaciones colectivas

A primeros de marzo nos enteramos de que la DGTel estaba iniciando el procedimiento para cambiar los indicativos de las estaciones colectivas cuyo sufijo no empezara por RC, RK o UR, con el agravante de que las estaban mezclando con las estaciones desatendidas (repetidores y balizas). Ante esta circunstancia, enviamos de inmediato a la DGTel el siguiente escrito:

Ha llegado a nuestro conocimiento que se está procediendo a cambiar los indicativos de las estaciones colectivas de radioaficionado por otros con prefijo ED y sufijo de tres letras empezando por la Y o por la Z.

A este respecto, hemos de manifestar lo siguiente:

1º) Los indicativos con prefijo ED y sufijo de tres letras empezando por la Y o la Z están reservados a las estaciones automáticas desatendidas y no a las estaciones colectivas, conforme a lo establecido en el apartado 13.3. de la Resolución de 20-9-2009:

“Los sufijos de tres letras comenzando por las letras «Y» y «Z», se reservarán para las estaciones automáticas desatendidas analógicas y digitales, respectivamente.”

2º) Según lo dispuesto en mismo apartado 13 de la Resolución, los indicativos de las estaciones colectivas han de empezar por los prefijos EA, EB y EC, y en cuanto a los sufijos, quedan reservadas las iniciales UR, RC o RK:

“Prefijo: Dos primeras letras de alguna de las series internacionales atribuidas a España en el Reglamento de Radiocomunicaciones, con la siguiente clasificación:

EA, EB y EC para las autorizaciones individuales o estaciones colectivas.

… Asimismo los sufijos de tres letras que comiencen por las letras UR y RC ó RK se reservarán para estaciones colectivas de Asociaciones de Radioaficionados y Radio Clubs, respectivamente.”

3º) Aparte de lo anterior, consideramos absolutamente desproporcionado que se cambien los indicativos concedidos en su momento a las estaciones colectivas, gran parte de ellos con muchos años antigüedad y otorgados con arreglo al anterior Reglamento de Estaciones de Aficionado y sus Instrucciones.

Por lo expuesto, solicitamos que se mantengan como están todos los indicativos de las estaciones colectivas de radioaficionado.


El 3 de mayo, la DGTel nos respondió de la siguiente manera:

En contestación a lo manifestado en su escrito del pasado 11 de marzo sobre asignación de distintivos a estaciones colectivas de radioaficionado se aclara que, en la asignación de distintivos a este tipo de estaciones, se aplica estrictamente lo dispuesto en el apartado 13 de las vigentes Instrucciones, asignando prefijos EA, EB o EC y sufijos que comienzan con las letras UK, RC o RK. Asimismo se asignan exclusivamente, conforme a lo prescrito en el referido apartado, a las estaciones automáticas desatendidas el prefijo ED y los sufijos que comienzan por las letras “Y” y “Z”.

En cuanto a la adaptación de los distintivos de las estaciones que existían con anterioridad a la vigente normativa se aclara que, las reservas de sufijos contempladas en dicho apartado 13 para estaciones automáticas desatendidas y estaciones colectivas de asociaciones, se entienden con carácter exclusivo y ello, tanto por razones prácticas (reconocimiento inmediato del tipo de estaciones por su distintivo) como de disponibilidad de sufijos, (si no fueran solicitados por estas estaciones no podrían ser utilizados por ningún otro radioaficionado); por otra parte, si cualquier distintivo se pudiera otorgar a cualquier estación, quedaría desvirtuada la reglamentación, ya que no tendría sentido hacer ningún tipo de reserva para el prefijo y/o sufijo.


Tras recibir esta contestación, realizamos gestiones telefónicas para intentar convencer a la DGTel de que dé marcha atrás en el proceso de cambio de indicativos de las estaciones colectivas afectadas, y finalmente enviamos en el día de ayer el siguiente escrito:

En relación con su escrito de fecha 3-5-2010, relativo a la reasignación de distintivos a las estaciones desatendidas y a todas aquellas estaciones colectivas que no se atengan a lo dispuesto en el apartado 13 de las vigentes Instrucciones, hemos de hacer las siguientes observaciones:

No tenemos nada que objetar al cambio de distintivo de las estaciones desatendidas (repetidores y balizas) ni tampoco a que cualquier asociación que haya pedido un distintivo de estación colectiva tras la entrada en vigor del actual Reglamento de Radioaficionados y sus Instrucciones, o lo pidiere en el futuro, se le otorgue un sufijo de tres letras que comience necesariamente con las letras UR, RC o RK. Pero no estamos de acuerdo con que, aprovechando la transformación de la licencia en autorización o cuando toque renovar la autorización al cabo de 5 años, se lleven a efecto los cambios de distintivos de las estaciones colectivas con sufijos distintos y que hubieran sido concedidos con anterioridad al vigente Reglamento.

El fundamento de nuestro desacuerdo se encuentra en las propias Instrucciones, apartado 14, donde se dice que “los distintivos ya autorizados continuarán asignados a sus actuales titulares, no obstante podrá ser solicitada simultáneamente a la transformación de la licencia de la que sea titular en autorización administrativa, el cambio de su distintivo actual por uno nuevo que les será asignado conforme al procedimiento anterior, sin opción a preferencias, quedando anulado simultáneamente el anterior y disponible para una nueva asignación”. Entendemos que este párrafo es aplicable a todos los distintivos y en consecuencia, si la asociación titular del distintivo de estación colectiva en cuestión no solicita expresamente el cambio, la Administración no debe hacerlo de oficio.

Al margen del aspecto legal, debería contemplarse también el perjuicio, tanto económico como moral, que supone el cambio no deseado de un distintivo de estación colectiva.

Por ello, rogamos que se interprete el apartado 13 de las Instrucciones de manera que se respeten los distintivos de estaciones colectivas concedidos con anterioridad.

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